Anatocismo en Chile y España: ¿Es ilegal capitalizar intereses?

El anatocismo es el cobro de intereses sobre intereses ya devengados. Es decir, los intereses impagos se suman al capital y generan nuevos intereses.

Infografía comparativa del anatocismo y las leyes de deudas en Chile versus España.
Comparación visual entre los sistemas legales de deuda hipotecaria en Chile y España.

En redes sociales, el término se ha convertido casi en una palabra de impacto. Es fácil decir «¡están cobrando intereses sobre intereses!» porque suena injusto, aunque muchas veces se esté describiendo simplemente un sistema de interés compuesto.

El debate del anatocismo

En el debate público se suele mezclar lo financiero con lo jurídico. Hay personas que creen que todo interés compuesto es anatocismo, cuando no es así en el uso legal. También existe quien lo presenta como una práctica necesariamente abusiva.

Es cierto que han habido casos de cobros abusivos en Chile, donde alguien que dejó de pagar una plancha terminó adeudando millones. Sin embargo, esos casos existieron porque se juntaban varios factores: intereses altos, comisiones y repactaciones.

Hoy el debate se ha desplazado al extremo contrario, afirmando que todo anatocismo es abusivo. Pero el mismo mecanismo matemático de capitalizar intereses es lo que hace crecer un depósito a plazo o una cuenta de ahorro.

Chile versus España en las hipotecas

Una duda común surge al comparar los sistemas: se supone que en Chile, atrasar la deuda hipotecaria implica pérdida del bien pero con abolición de la deuda. Sin embargo, en España no es así.

En Chile, la regla general para los créditos hipotecarios es que el banco ejecuta la garantía (la hipoteca), el inmueble se remata y con el producto del remate se paga la deuda. Si no alcanza, existen mayores protecciones centradas en la garantía.

En España, durante muchos años fue muy conocido el problema de la responsabilidad patrimonial universal. Si una persona dejaba de pagar la hipoteca y el banco se adjudicaba la vivienda por un valor inferior al saldo pendiente, el deudor seguía debiendo la diferencia.

Ese fue uno de los grandes dramas tras la crisis inmobiliaria de 2008. De ahí surgió un fuerte movimiento social reclamando la llamada «dación en pago», es decir, que entregar la vivienda bastara para cancelar completamente la deuda.

Con el tiempo España introdujo reformas para proteger más a determinados deudores vulnerables y facilitar reestructuraciones, pero la dación en pago no pasó a ser la regla general. Por eso, cuando alguien escucha la historia de un español que «perdió la casa y aún debe dinero», suele sorprenderse.